Permiso por hospitalización de familiar: cuántos días corresponden y sus límites

El Tribunal Supremo ha vuelto a pronunciarse sobre el permiso retribuido por hospitalización de un familiar, consolidando una doctrina clara y favorable a los trabajadores.

En su sentencia de 12 de marzo de 2026 (STS 1282/2026), el TS confirma que las empresas no pueden condicionar este permiso a la duración efectiva del ingreso hospitalario ni a los días de reposo que certifique el médico.

¿Qué dice la ley sobre el permiso por hospitalización?

El artículo 37.3 b) del Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho a 5 días de permiso retribuido en los casos de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad – es decir, padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos y sus equivalentes políticos-  e incluso a cualquier persona que conviva con el trabajador en el mismo domicilio y requiera su cuidado efectivo.

Se trata de una norma de derecho necesario relativo, lo que significa que puede mejorarse por convenio colectivo o acuerdo de empresa, pero en ningún caso puede reducirse por debajo del mínimo legal.

El caso: una empresa de transporte que limitaba el permiso

El caso que da origen a esta sentencia involucra a una empresa de transporte de viajeros de Zaragoza que aplicaba el siguiente criterio:

  • En caso de hospitalización: el permiso duraba lo que durase el ingreso, con un máximo de 5 días.
  • En caso de intervención quirúrgica sin hospitalización: el permiso se limitaba a los días de reposo que certificara expresamente el médico.

El sindicato CCOO impugnó este criterio mediante demanda de conflicto colectivo, defendiendo que los trabajadores tienen derecho a los 5 días completos en cualquier caso, sin condicionantes.

La doctrina del Tribunal Supremo: 5 días completos, sin condiciones

El Tribunal Supremo desestima el recurso de la empresa y confirma el derecho de los trabajadores a disfrutar de los 5 días completos de permiso retribuido, estableciendo dos conclusiones clave:

El permiso no puede condicionarse a la duración efectiva del ingreso hospitalario ni a los días de reposo prescritos por el facultativo. Aunque el permiso es de naturaleza causal — debe existir la situación que lo justifica — una vez acreditada dicha situación, el trabajador no está obligado a aportar un justificante diario. La continuidad de la baja médica tras el alta hospitalaria hace presumir que persiste la necesidad de cuidados en el domicilio.

¿Qué implica esta sentencia para empresas y trabajadores?

Para los trabajadores, esta sentencia refuerza su derecho a disfrutar del permiso completo sin necesidad de justificar día a día la necesidad de cuidados de su familiar.

Para las empresas, supone la obligación de respetar el mínimo legal de 5 días en todos estos supuestos, sin poder establecer criterios más restrictivos basados en la duración del ingreso o del parte médico.

Conclusión

El Tribunal Supremo consolida con esta sentencia una línea jurisprudencial clara: los 5 días de permiso retribuido por hospitalización o intervención quirúrgica de un familiar constituyen un derecho mínimo que ninguna empresa puede reducir ni condicionar unilateralmente.

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