Desde el pasado 1 de septiembre de 2026, las comunicaciones y notificaciones relacionadas con las prestaciones de incapacidad temporal e incapacidad permanente se realizan por medios electrónicos a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
Este sistema hace especialmente importante que las personas interesadas mantengan correctamente actualizados sus datos personales de contacto, ya que la Seguridad Social puede utilizar el teléfono móvil o el correo electrónico facilitados para informar de la existencia de nuevas comunicaciones o notificaciones.
¿Cómo funcionan las nuevas notificaciones del INSS?
Cuando la Administración de la Seguridad Social pone a disposición del interesado una actuación administrativa en la Sede Electrónica de la Seguridad Social, puede enviar un aviso informativo al teléfono móvil o dirección de correo electrónico que consten como datos de contacto.
Sin embargo, existe una cuestión especialmente relevante:
la falta de recepción de ese aviso no impide que la notificación electrónica practicada en la Sede sea válida.
Por tanto, el correo electrónico o SMS tiene una finalidad de aviso, pero no sustituye a la propia notificación realizada a través de la Sede Electrónica.
Esta operativa se desarrolla conforme a la Orden ISM/903/2020, de 24 de septiembre, por la que se regulan las notificaciones y comunicaciones electrónicas en el ámbito de la Administración de la Seguridad Social.
Incapacidad temporal e incapacidad permanente
La medida afecta especialmente a las comunicaciones y notificaciones vinculadas a prestaciones de:
- Incapacidad temporal (IT).
- Incapacidad permanente (IP).
Por ello, quienes tengan iniciado un procedimiento relacionado con alguna de estas prestaciones deben prestar especial atención a las comunicaciones puestas a su disposición por el INSS.
La importancia de mantener actualizados los datos de contacto
La actualización del teléfono móvil y del correo electrónico resulta importante no solo para las prestaciones de incapacidad temporal o permanente, sino también para otras gestiones con la Seguridad Social.
Contar con datos de contacto correctos puede facilitar:
- La subsanación de incidencias detectadas en una solicitud o expediente.
- La autorización electrónica a representantes a través del portal Tu Seguridad Social.
- La recepción de avisos sobre la puesta a disposición de comunicaciones y notificaciones electrónicas.
Un aspecto especialmente importante es que los datos facilitados deben ser los datos personales del interesado y no los del profesional que actúe en su representación.
¿Qué ocurre si no se recibe el aviso por email o teléfono?
La ausencia del SMS o correo electrónico de aviso no invalida la notificación.
Esto significa que una comunicación puede producir efectos aunque el interesado no haya recibido previamente un mensaje informándole de que se encuentra disponible en la Sede Electrónica.
Por este motivo, resulta recomendable verificar que los datos de contacto comunicados a la Seguridad Social son correctos y prestar atención a las posibles notificaciones electrónicas cuando exista un procedimiento abierto ante el INSS.
La clave: revisar las notificaciones electrónicas del INSS
Desde el 1 de septiembre de 2026, la gestión electrónica cobra todavía más importancia en los procedimientos relacionados con incapacidad temporal e incapacidad permanente.
Mantener actualizados el teléfono y el correo electrónico facilita la recepción de avisos, pero el aviso no sustituye a la notificación oficial ni condiciona su validez.
Ante cualquier procedimiento relacionado con prestaciones de la Seguridad Social, resulta aconsejable realizar un seguimiento adecuado de las comunicaciones del INSS y controlar los posibles plazos asociados a cada notificación.

